Documentos organizativos
Los dos ciclos que componen la educación infantil tienen carácter educativo, por lo que es necesario el desarrollo de una propuesta pedagógica.
La Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE), en su artículo 14, modificado por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE), establece los principios organizativos y pedagógicos generales de ambos ciclos de educación infantil.
Las Administraciones educativas estatal y autonómicas establecen las directrices educativas, de carácter obligatorio, que se aplican a toda la etapa de la educación infantil, siguiendo los principios anteriormente mencionados.
Se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada ciclo:
- El currículo del primer ciclo es determinado por el Gobierno, en colaboración con las comunidades autónomas en sus respectivos ámbitos de gestión, a partir del mandato general del artículo 14.7 de la LOE, modificado por la LOMLOE.
- Para el currículo del segundo ciclo, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), por medio del Real Decreto 1630/2006, fija las enseñanzas mínimas, concretando los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación comunes para todo el Estado, que posteriormente son completados por las Administraciones educativas.
Existen diferencias entre las comunidades autónomas a la hora de establecer los contenidos del primer ciclo y de completar los contenidos del segundo ciclo de la etapa:
- Algunas determinan los mismos bloques de contenido para ambos ciclos.
- Algunas formulan bloques de contenido específicos para cada uno de los ciclos.
- Algunas solo especifican bloques de contenido para el segundo ciclo, basándose en los contenidos de las enseñanzas mínimas. En este caso, los contenidos del primer ciclo son desarrollados por el personal educador de cada centro, conectándolos con los del segundo ciclo.
Los centros educativos desempeñan un papel activo en el desarrollo del currículo establecido. Para adaptarlo a las necesidades del alumnado que acogen y al entorno en el que se encuentran, los centros elaboran una serie de documentos en los que articulan su organización pedagógica y curricular:
- el proyecto educativo, que incluye la concreción curricular de la Administración educativa;
- la programación general anual: recoge todo lo relativo a la organización y el funcionamiento del centro para el curso escolar, incluidos los proyectos, el currículo y los planes de actuación acordados y aprobados.
No existen directrices dictadas por la Administración educativa a nivel estatal para la oferta de educación infantil en el hogar.
Contenidos educativos
Conforme al Real Decreto 1630/2006, se organizan en tres áreas curriculares:
- Conocimiento de sí mismo y autonomía personal. Esta área potencia la construcción gradual de la propia identidad, la madurez emocional, el establecimiento de relaciones afectivas con los demás y la progresiva autonomía personal.
- Conocimiento del entorno. Esta área favorece el descubrimiento de los contextos que componen el entorno infantil, propiciando la integración del mismo de forma reflexiva y participativa.
- Lenguajes: comunicación y representación. Esta área busca el conocimiento de las diferentes formas de comunicación y representación de la realidad, así como la expresión de sentimientos, pensamientos, vivencias e interacciones con los demás.
Las áreas curriculares:
- se corresponden con ámbitos propios de la experiencia y el desarrollo infantil;
- se plantean desde un enfoque global e integrador;
- se desarrollan mediante la realización de experiencias significativas para el alumnado;
- integran diferentes bloques de contenido que son complementarios entre sí, tal como se refleja en la siguiente tabla:
Áreas | Contenidos |
Conocimiento de sí mismo y autonomía personal | Bloque1. El cuerpo y la propia imagen Bloque 2. Juego y movimiento Bloque 3. La actividad y la vida cotidiana Bloque 4. El cuidado personal y la salud |
Conocimiento del entorno | Bloque 1. Medio físico: elementos, relaciones y medidas Bloque 2. Acercamiento a la naturaleza Bloque 3. Cultura y vida en sociedad |
Lenguajes: comunicación y representación | Bloque 1. Lenguaje verbal Bloque 2. Lenguaje audiovisual y tecnologías de la información y la comunicación Bloque 3. Lenguaje artístico Bloque 4. Lenguaje corporal |
En cuanto al número de horas anuales que se dedican a la impartición de cada área curricular, existen variaciones en las distintas Administraciones educativas de las comunidades autónomas.
En este ciclo, se tiene un primer contacto con:
- una primera lengua extranjera, especialmente en el último curso del ciclo (5 años);
- la lecto-escritura, las habilidades numéricas básicas, las tecnologías de la información y la comunicación y la expresión visual y musical, a lo largo del mismo.
Todas las escuelas deben ofrecer enseñanza religiosa voluntaria. Para esta enseñanza, las autoridades religiosas determinan el currículo a impartir. Los centros educativos organizan la atención educativa alternativa para el alumnado que no la cursa.
Métodos de enseñanza y materiales
Métodos de enseñanza
Conforme al artículo 14.6 de la LOE, modificado por la LOMLOE, la metodología didáctica empleada se basa en el juego, en el marco de un ambiente de confianza y afecto que propician la autoestima y la integración social del alumnado.
Las Administraciones educativas establecen una serie de principios metodológicos:
- perspectiva globalizadora del aprendizaje;
- actividad física y mental de niño y niña, e importancia del juego;
- priorización de aspectos afectivos y de relación;
- interacción entre iguales;
- coordinación con las familias;
- carácter preventivo y compensador;
- atención a la diversidad, adaptando la actividad educativa a las características, intereses, estilos cognitivos y procesos de maduración del alumnado.
Cada docente posee libertad para tomar sus propias decisiones metodológicas en el aula, que han de ser respetuosas con lo acordado a nivel de centro y con lo establecido por su Administración educativa.
Materiales curriculares y recursos didácticos
De acuerdo con los principios metodológicos y dentro de su autonomía pedagógica, los centros definen los materiales curriculares y recursos didácticos que se pueden utilizar en la práctica docente, entre ellos:
- libros de actividades;
- materiales impresos;
- materiales de elaboración propia;
- libros de consulta de la biblioteca del centro o del aula;
- prensa;
- cuentos;
- medios informáticos y audiovisuales.
Los centros también cuentan con guías didácticas, que aportan fundamentación didáctica al material curricular que se utiliza, y orientaciones para la secuencia y la adaptación de contenidos. En educación infantil destaca el uso de recursos relacionados con la expresión plástica y musical.
La edición y adopción de los materiales curriculares y recursos didácticos:
- no requieren la previa autorización de la Administración educativa;
- deben adaptarse al rigor científico adecuado a las edades del alumnado y al currículo aprobado por cada comunidad autónoma;
- deben reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos tanto en la LOE como en la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género (2004).
El proceso de selección de los libros de texto sigue unas directrices en todas las instituciones educativas:
- la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro prepara un informe de los libros de texto considerados más apropiados, bajo la supervisión del Consejo Escolar y del Claustro;
- el profesorado es responsable de la decisión final en la elección de dichos libros;
- el Consejo Escolar del centro, si no está de acuerdo con la decisión final, puede hacer sugerencias al Claustro de profesorado a fin de que sean consideradas.
La inspección educativa de la comunidad autónoma realiza la supervisión de los libros de texto y otros materiales curriculares, como elementos integrantes del proceso de enseñanza y aprendizaje. Existen ayudas municipales y/o autonómicas para la adquisición de material escolar en el segundo ciclo de la educación infantil.
Evaluación
La evaluación en educación infantil está regulada por el MEFP y esa regulación la completan las Administraciones educativas de las comunidades autónomas. Estas últimas concretan el proceso de evaluación del alumnado en sus respectivos ámbitos de gestión, aunque algunas comunidades autónomas lo hacen de forma conjunta para el primer y segundo ciclo y otras únicamente regulan la evaluación en el segundo ciclo.
El MEFP establece que:
- La evaluación del segundo ciclo de educación infantil tiene un carácter global, continuo y formativo.
- La evaluación en esta etapa sirve para identificar y valorar los procesos de desarrollo del alumnado, así como sus aprendizajes, siempre en función de sus características personales. Para ello, se toman como referencia los criterios de evaluación de cada una de las áreas curriculares del segundo ciclo establecidos a nivel estatal, que han sido completados por las comunidades autónomas en sus respectivos ámbitos de gestión
- La observación directa y sistemática es la principal técnica de evaluación, la cual es competencia del tutor o tutora del aula, apoyado por los profesionales que trabajen con el grupo de alumnos o atiendan a cada uno de ellos en particular.
El proceso de evaluación se compone de diferentes etapas:
- la evaluación individual inicial se realiza durante el periodo de adaptación del niño o niña a la escuela, siendo delimitada por cada centro en su proyecto educativo;
- la evaluación continua supone un seguimiento diario de cada niño y niña, en función de los objetivos y los criterios de evaluación planteados;
- la evaluación final concreta el grado de adquisición de las capacidades y habilidades básicas alcanzado al final del curso escolar.
Las Administraciones educativas concretan la realización de, al menos, tres sesiones de evaluación formales por curso:
- Sus resultados se expresan en términos cualitativos, recogiéndose los progresos efectuados por el alumnado y, en su caso, las medidas de refuerzo y adaptación llevadas a cabo.
- Tras cada sesión de evaluación, se entrega a las familias un informe escrito. Estos boletines, junto con los distintos documentos de evaluación, sirven también para mejorar la coordinación entre los dos ciclos que componen esta etapa educativa.
Transición a la educación primaria
No hay unas directrices nacionales o autonómicas respecto a medidas que faciliten la transición a la educación primaria. Con el fin de garantizar una adecuada transición del alumnado entre las etapas de educación infantil y de educación primaria, los centros docentes que imparten educación infantil establecen mecanismos de coordinación con los centros a los que se incorpora su alumnado (artículo 14 de la LOE, modificado por la LOMLOE).