El 23 de abril de 2008, el Parlamento y el Consejo Europeo aprobaron la Recomendación relativa a la creación del Marco europeo de cualificaciones para el aprendizaje a lo largo de la vida (European Qualification Framework, EQF), un marco europeo de referencia que permite relacionar las cualificaciones de los Estados miembros en torno a una referencia común, e insta a la creación de los marcos nacionales de cualificaciones.
En el 2011, el artículo 73.6 de la Ley 2/2011 de Economía Sostenible señalaba que el Gobierno establecería el nuevo Marco Nacional de Cualificaciones, en relación con el Marco Europeo, para favorecer e incrementar la movilidad de estudiantes y de trabajadores y trabajadoras.
Posteriormente, el 17 de mayo de 2017 se aprobó la Resolución del Parlamento Europeo sobre el Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente. En dicha resolución se recordaba el compromiso de los Estados miembros respecto a la revisión tanto de la legislación nacional que satisfacía el Convenio de Lisboa sobre reconocimiento de cualificaciones como de los marcos nacionales de cualificaciones que facilitaran la comprensión de los sistemas de formación y el reconocimiento del aprendizaje previo. A su vez, el 22 de mayo de 2017 se aprobó la Recomendación del Consejo relativa al Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente y por la que se derogaba la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008 relativa a la creación del Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente.
El Marco Español de Cualificaciones (MECU) es un marco nacional de cualificaciones (títulos, diplomas, certificados) que comprende el aprendizaje a lo largo de la vida. Se trata de una estructura de organización de las cualificaciones por niveles que abarca desde los aprendizajes más básicos a los de mayor complejidad. Cubre, por tanto, la enseñanza general y de personas adultas, la educación y formación profesional, y la educación superior.
Incluye:
- cualificaciones obtenidas fuera del sistema educativo mediante formación en el trabajo, actividad laboral, colaboración con organizaciones no gubernamentales, etc.;
- cualificaciones obtenidas en el sistema educativo.
El marco propuesto tiene ocho niveles y los descriptores de nivel, definidos en términos de conocimientos, destrezas y competencias, están inspirados en los descriptores de nivel del Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje a lo largo de la vida, pero adaptados al contexto nacional.
El MECU pretende relacionar y coordinar los diversos subsistemas de educación y formación e incluir las cualificaciones obtenidas en la educación obligatoria, post-secundaria y superior, además de integrar la validación de los procesos de aprendizaje no formal e informal.
Principales objetivos del MECU
Entre los principales objetivos del MECU destacan los siguientes:
- facilitar la comprensión de las cualificaciones mediante su descripción en términos de resultados de aprendizaje;
- mejorar la información a la ciudadanía respecto a las cualificaciones nacionales, así como facilitar y promover la movilidad;
- apoyar el aprendizaje a lo largo de la vida y relacionar la formación profesional inicial con la formación profesional para el empleo, así como mejorar el acceso y la participación en este tipo de formación, especialmente de las personas con algún tipo de discapacidad;
- facilitar la identificación, validación y el reconocimiento de todos los tipos de resultados de aprendizaje, incluidos los relacionados con el aprendizaje no formal y el informal;
- facilitar la transición y la progresión entre los diferentes subsistemas de formación;
- desarrollar procedimientos para el reconocimiento del aprendizaje no formal;
- reducir el abandono escolar temprano.
Principales agentes implicados
El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), a través de la Secretaría General de Formación Profesional, coordina el desarrollo y la implementación del MECU en cooperación con los ministerios de Trabajo y Economía Social, de Industria, Comercio y Turismo, y de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
En el desarrollo del MECU también están implicados otros agentes sociales:
- empresas, a través de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) o la Confederación Española de Pequeñas y Medianas Empresas (CEPYME);
- organismos institucionales, como la Conferencia Sectorial de Educación o la Conferencia General de Política Universitaria;
- órganos consultivos, como el Consejo Escolar del Estado, el Consejo General de Formación Profesional, el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y el Consejo de Universidades;
- agencias de evaluación de la enseñanza y otras asociaciones y corporaciones profesionales;
- las consejerías y departamentos de educación de las comunidades autónomas.
Aunque el MEFP es el encargado de la elaboración y de la coordinación de las acciones y de la normativa necesarias para su implementación, y es el organismo responsable de guiar su correcta aplicación a través del Punto Nacional de Coordinación, su aplicación concierne al conjunto de las Administraciones públicas y a los distintos agentes sociales.
Estructura del MECU: niveles y resultados de aprendizaje
Los ocho niveles del marco cubren todos los tipos de cualificaciones que hay en España. Los descriptores de nivel son definidos en términos de conocimientos, habilidades y competencias.
Los cuatro niveles superiores son compatibles con los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), basados en los descriptores de Dublín.
El establecimiento de resultados de aprendizaje constituye una parte esencial del desarrollo y de la implementación del MECU y del MECES. El término "resultado de aprendizaje" supone un importante cambio en el sistema de educación y formación en España. El nivel de implementación de los resultados de aprendizaje varía dependiendo del subsistema de formación, siendo la formación profesional donde están más desarrollados actualmente.
Desarrollo e implementación del MECU
Actualmente se está elaborando el Real Decreto en el que se establecerán las bases de su implementación.
En dicho proyecto se recomienda el establecimiento de un comité en el que se incluyan los agentes sociales, los ministerios, los sindicatos y las asociaciones patronales más representativas, así como expertos en cualificaciones profesionales de diferentes sectores. Este comité sería el encargado de decidir sobre la asignación de las cualificaciones a los niveles del MECU, asignación que se realizará basándose en tres criterios:
- la comparabilidad entre los descriptores de las cualificaciones, definidos como resultados de aprendizaje, y los descriptores de nivel del MECU;
- la implementación de un sistema común de garantía de calidad en la educación superior y en la formación profesional;
- una consulta pública a los organismos y entidades implicadas en el diseño de las cualificaciones en sus respectivos sectores.
Además, se pretende asignar a los niveles del MECU las cualificaciones que proceden de la educación formal. La asignación de cualificaciones relacionadas con la validación del aprendizaje no formal e informal se prevé más complicada.